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jueves, 9 de enero de 2014

SAT incumple con publicación de nueva ‘lista negra’

Por su parte la comisionada del IFAI, Jacqueline Peschard, consideró que el SAT sí debe dar a conocer los nombres de los contribuyentes a los que les fueron condonados los créditos fiscales.
SAT
El Servicio de Administración Tributaria incumplió con la publicación de lista de contribuyentes vinculados con operaciones simuladas —aquellos que compran facturas para reducir el pago de impuestos—, como lo había previsto a principios de año, publica el diario Reforma.
En su página de internet, el SAT hasta ayer advertía que el 8 de enero daría a conocer el listado de contribuyentes involucrados en operaciones simuladas, pero hoy informa que la dará a conocer próximamente.

“…Con la adición del artículo 69B al Código Fiscal de la Federación, próximamente se darán a conocer los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas”, señala.
Desde el pasado 1 de enero, cuando dio a conocer la lista de contribuyentes incumplidos —con adeudos al fisco federal— el SAT advertía que hoy evidenciaría a los simulan operaciones.
“Esta medida obedece al interés prioritario del SAT de informar a los contribuyentes y a la opinión pública en general la relación de datos de contribuyentes incumplidos para que tengan elementos de decisión al momento de realizar cualquier transacción comercial”, indica.
Créditos fiscales
Por su parte la comisionada del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), Jacqueline Peschard, consideró que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sí debe dar a conocer los nombres de los contribuyentes a los que les fueron condonados los créditos fiscales.
Entrevistada al término de la sesión pública del Pleno, que fue la última en la que participó debido a que mañana concluye su periodo en el Instituto,sostuvo que, en este caso, el principio de no retroactividad que argumentó el SAT no aplica porque no se va en contra de persona alguna, sino en favor de la transparencia.
“Entiendo que no se permite la retroactividad cuando va en perjuicio de, por eso es que las leyes no son retroactivas, en este caso es en favor de, en favor de un derecho fundamental”, indicó.
(Con información de Reforma y Aristeguinoticias)

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