MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) justificó los términos de los nuevos Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación, reiterando que no se trata de un “beneficio indebido” exentar el pago de contraprestación al duopolio televisivo.
Salinas Pliego y Azcárraga Jean, dueños de TV Azteca y Televisa, respectivamente. Foto: Octavio Gómez
Por el contrario, considera que cobrar “desincentivaría el uso más eficiente del espectro y equivaldría a cobrar a prestadores de servicios de telecomunicaciones que implementan tecnologías novedosas para prestar más y mejores servicios con el mismo recurso concesionado”.
En un comunicado de nueve puntos, dirigido al director general editorial del periódico Reforma, el coordinador general de Comunicación Social, Edgar García, afirmó que “todos los concesionarios, tanto de radio como de televisión abierta que han ejercido esta posibilidad… lo han hecho sin tener que erogar contraprestación alguna, pues el marco legal también así lo permitía”.
“Si ahora el órgano regulador impone pago de contraprestación, entonces incurriría en trato diferenciado y se podrían generar distorsiones en el mercado”, abundó la réplica del organismo.
También consideró que los lineamientos se basan en los principios del “trato no diferenciado, la promoción de mayor oferta de contenidos y pretende evitar distorsiones en el mercado”.
Además, señaló que no hay competencia desleal porque “el o los ganadores de las nuevas cadenas de televisión abierta (licitación que está en proceso) ya tendrán autorizado el acceso a la multiprogramación”.
La mayoría de los especialistas consultados sobre este punto y que no están vinculados a los intereses de Televisa o de TV Azteca considera que el no pago de la contraprestación es una irregularidad y, según Ramiro Tovar Landa, economista del ITAM, puede ser considerado anticonstitucional y violatorio de la resolución de la Suprema Corte de Justicia en el caso de la Ley Televisa, en 2006.
Fuente : Proceso.
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