CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) urgió al gobierno de Javier Duarte a localizar a la periodista Anabel Flores Salazar, quien fue sustraída de su domicilio por hombres armados la madrugada de este lunes.
Javier Duarte, gobernador de Veracruz. Foto: Yerania Rolón
Javier Duarte, gobernador de Veracruz. Foto: Yerania Rolón
Al emitir medidas cautelares a favor de la reportera así como de sus familiares, el quinto visitador del organismo, Édgar Corzo Sosa, instruyó a los titulares de la Fiscalía General y a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, Luis Ángel Bravo Contreras y Arturo Bermúdez Zurita, respectivamente, a “girar instrucciones para realizar, con prontitud y diligencia, la actividades necesarias para ubicar el paradero de la periodista y se le respeten sus derechos”.


De acuerdo con un boletín de prensa, a los funcionarios del gobierno de Duarte se les pidió también “brindar protección suficiente y necesaria a sus familiares y a la instalaciones de El Sol de Orizaba y El Buen Tono, medios informativos para los que labora”.
La CNDH dijo que emitió de oficio las medidas cautelares tras conocer información periodística sobre la irrupción de hombres armados al domicilio de Flores Salazar, ubicado en el municipio de Mariano Escobedo, sin que hasta ahora se tenga conocimiento de su paradero.
Para el organismo nacional, este caso cumple con “los requisitos para la emisión de medidas cautelares, como son el riesgo, urgencia e irreparabilidad del daño”.
El riesgo se mantiene, explicó, toda vez que “tanto la periodista como su familia enfrentan esta situación, pues se desconoce su paradero y el motivo de la supuesta privación de la libertad, por lo que está expuesta a otro tipo de agresión”.
Agregó que por la información recibida y el contexto de los acontecimientos, “existen riesgos o amenazas de carácter inminente que pueden materializarse, por lo que se cumple con la urgencia, en tanto que la irreparabilidad del daño se refiere a la probabilidad de que se cauce una afectación a las personas, que no pueda ser susceptible de reparación, sin que sus derechos puedan ser rescatados, preservados o restituidos con una medida posterior al daño causado”.
Fuente : Proceso.