Alegatos
Entre abrazos y palabras de agradecimiento se dio la primera salida drástica dentro del gabinete. Se fue el llamado hombre fuerte del Presidente.
Foto: Presidencia
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En apenas unas horas, circula ya todo tipo de análisis: que si fue por Trump, si se va de candidato al Estado de México, si es la pugna con Miguel Ángel Osorio Chong, que si un sacrificio por el Presidente.
Pero a mí, de la biografía pública de Videgaray y su renuncia me interesa destacar otro rasgo: me parece inaceptable que haya seguido en funciones de Secretario de Estado después de la revelación del conflicto de interés de la Casa de Malinalco.
Un hecho gravísimo que no tuvo consecuencias. O no de la magnitud que merecía.
Videgaray no sólo siguió en el cargo por la protección del Presidente y por su falta de vergüenza. O porque con el estallido de la Casa Blanca, inculparlo habría obligado a arrastrar consigo al Presidente. La suerte del Dr. Videgary también descansa en que a pesar de la evidencia, ni la prensa ni la oposición política tuvieron un papel serio de fiscalización y contrapeso.
No se trata de acusar, insultar o descalificar al antiguo Secretario de Hacienda. Se trata de revisar con lupa su comportamiento y la legalidad de las acciones de un servidor público de altísimo nivel.
Y eso es lo que no se hizo con el expediente sobre la casa de Malinalco del Dr. Luis Videgaray.
Ahí, frente a todos nosotros en el expediente que en su momento hizo pública la Secretaría de la Función Pública han estado por meses las pruebas de un comportamiento no sólo fuera de ética, contra le ley.
Veamos los detalles más importantes.
Quizá a primera vista su tamaño sea imponente, pero no se dejen intimidar por las 739 fojas que lo integran, el contenido principal del expediente del Dr. Videgaray son fotocopias sin relevancia y oficios mal redactados. Perteneciente al barroco burocrático, dentro de esa acumulación de papeles intrascendentes,
Recordemos que el 11 de diciembre de 2014, el Wall Street Journal publicó una nota sobre la compraventa en términos inusuales de una casa entre el Dr. Videgaray y una empresa de Juan Armando Hinojosa Cantú, contratista consentido de los gobiernos de Enrique Peña Nieto.
Al ser pillado por el WSJ, el Dr. Videgaray básicamente dijo: “compré la casa antes de ser servidor público y fue una operación dentro de los parámetros de mercado”. También dijo someterse a la más estricta legalidad.
1.- El expediente refleja una investigación diseñada y ejecutada para exonerarlo.
La investigación sobre el Dr. Videgaray, se limitó a revisar dos aspectos: a) cuándo compró la casa (supuestamente en octubre de 2012) y si en ese momento el Dr. Videgaray era o no Secretario de Hacienda.
Investigar cuándo fue nombrado Secretario es ocioso. La pregunta correcta (nunca abordada de forma seria en el expediente) no es si era Secretario en octubre de 2012 sino si al momento de comprar la casa, el Dr. Videgaray, estaba sujeto a la Ley de Responsabilidades Administrativas.
Pues bien, los artículos 2 y 7 de la misma Ley son contundentes: “son sujetos de la Ley todas aquellas personas que apliquen o ejerzan recursos públicos.” Como se reconoce en la foja 707 del expediente, en octubre de 2012, el Dr. Videgaray no era Secretario de Hacienda pero sí Coordinador General de Transición (y tuvo a su disposición 150 millones de pesos de un fideicomiso federal).
En la urgencia por disculparlo, la Función Pública (o Virgilio Andrade, para ser más precisos) alcanzó la vulgaridad. En tres renglones exoneraron a Videgaray. Se alega que el Dr. Videgaray no cobró honorarios y por tal razón no era sujeto de responsabilidades administrativas.
Pero si la propia Ley dice que lo relevante no es si se cobra o no en la administración pública, sino si se ejecutan recursos públicos. De hecho, la Corte ha confirmado que particulares (que obviamente no tienen cargo ni sueldo) pueden ser responsables administrativamente. ¿Por qué incluir un razonamiento contrario a la propia Ley y a la jurisprudencia de la SCJN? ¿Por qué ignorar las convenciones contra la corrupción de la ONU y la OEA, de aplicación obligatoria en México, que expresamente dicen que los puestos honorarios son servidores públicos?
2.- Las deficiencias técnicas son ofensivas
Los elementos de prueba son incapaces de sostener una investigación aceptable. Por ejemplo, para demostrar que el Dr. Videgaray tenía más de 6 millones en sus cuentas al momento de hacer el supuesto pago en enero, las autoridades solicitaron saldos bancarios de ¡noviembre y diciembre! Absurdo.
También se afirma que una parte del pago (2 millones y medio de pesos) se cubrió con el valor de tres obras pictóricas. Su uso en la transacción y su valor se pretenden probar con la fotocopia simple de un recibo privado que menciona un avalúo. Pero ¿por qué no obra en el expediente copia de dicho avalúo? ¿Por qué no se pidió?
Pagar con obras de arte cambia sustancialmente las formas y montos de los pagos comprometidos en el contrato.
El expediente no tiene evidencia de contrato privado de dación en pago o similar. Las escrituras (de noviembre de 2014) tampoco mencionan los medios de pago ni que el notario haya tenido conocimiento y convicción del valor de las obras.
3.- La exoneración se edificó con prisas
Los tiempos de elaboración de la investigación fueron absurdos. Entre el 3 de febrero – cuando el Presidente la ordenó- y el 21 de abril, la SFP no realizó ninguna actuación. Hay más de 75 días entre la fecha de la instrucción presidencial de investigar y la apertura de la queja. Después, a 120 días del anuncio del Presidente, el avance era ridículo se habían mandado a certificar notas de prensa.
Finalmente, tras 183 días, las prisas llegaron a la investigación. El 4 de agosto se pidió a la Comisión Bancaria entregar estados de cuenta del Dr. Videgaray. Tres días después ya estaban en el expediente. El 13 de agosto se acumularon todas las investigaciones abiertas en la Secretaría en un solo expediente. Contrario a la pachorra de arranque, el acelere se dio hacia el final.
Surge entonces un hecho grotesco. Buscando probar que sus cuadros valían 2 millones y medio de pesos, el Dr. Videgaray ofreció copia certificada de una declaración patrimonial. El notario la firmó el 18 de agosto, mismo día que fue presentada a la SFP, a las 6 pm. Tan sólo un día después (19 de agosto) se emitió la exoneración del Dr. Videgaray, en la que este documento es citado tres veces.
¿Por qué en las 12 horas finales se probaron y analizaron aspectos más relevantes que en los 120 días iniciales?
4.- La estructura está chueca; hay cosas que no cuadran
Las cuentas en el expediente son tan raras que resultan exóticas. Son de atractivo turístico. Por ejemplo, en el contrato de compraventa elevado a escritura pública (en 2013) sólo se reconoce el pago de un anticipo de 642,880 pesos. Posteriormente, un recibo (privado y sin valor registral) dice que la operación se cerró con un anticipo pagado con unos cuadros por un valor de 2 millones y medio de pesos.
¿Por fin? ¿Se pagó un anticipo de más de 2 millones pero sólo se registraron 642 mil pesos? ¿Y la diferencia? Es imposible encontrar ese dato en las escrituras y documentos ante notario. La explicación (rarísima y en un documento privado) es: se tomó un poco a cuenta de impuestos; otro poco para el capital; algo para los intereses; y hasta sobró para la renta de un terrenito.
Algo más denso no cuadra. El cheque por el pago de la casa está fechado el 31 de enero y se cobró casi un año más tarde. El Dr. Videgaray afirma que desde entonces ya no dispuso de los fondos. Según el expediente, eso es falso. Los recursos –si es que existieron- estuvieron en un fondo de inversión en la casa de bolsa Vector y fueron trasladados apenas unos días antes del cobró del cheque, a una cuenta en Bancomer. Durante diez meses, el Dr. Videgaray habría recibido las ganancias de una inversión por siete millones de pesos.
5.- Aunque se quiera normalizar: la compra de Malinalco es un lodazal
El Dr. Videgaray afirma que la compra de su casa se trató de una operación dentro de los parámetros de mercado. Para sostener su dicho, el expediente amontona explicaciones sobre los porcentajes de los intereses y tablas de amortización. Ese adorno puede distraer su vista de lo importante: ¿Está dentro de los parámetros de mercado pagar una casa con obras de arte?
¿En dónde es normal pagar con obras de arte? ¿Cómo defender una operación que durante tres años generó cuantiosos impuestos y en la que no medió pago de un solo peso? ¿Qué profesional inmobiliario hace negocios así sin ir a la quiebra? ¿Por qué los recibos fiscales emitidos mensualmente a cuenta de las mentadas obras de arte son consecutivos durante tres años? ¿No tuvo la empresa ningún otro cliente?
La imprudencia del señor Secretario es crítica. Usar obras de arte como forma de pagos millonarios es una operación por demás delicada. La legislación mexicana contra el lavado de dinero la considera una actividad vulnerable. De hecho, cataloga como sospechosas operaciones con arte superiores a 200 mil pesos y él realizó una por diez veces ese monto.
El magistrado brasileño Fausto Martin De Sanctis, investigó cómo es usado el arte en el blanqueo de fondos de corrupción y escribió un libro titulado “Lavado de dinero por medio de obras de arte“. Los métodos que ahí se describen tienen más de una similitud o parecido con la operación del Dr. Videgaray.
Por eso yo no olvido que, allende de su desempeño como Secretario y como asesor del Presidente, el comportamiento de Luis Videgaray dejó una grave herida a la credibilidad de las instituciones. Que sus explicaciones fueron tan absurdas que resultaron ofensivas.
Por eso me mantengo firme en la idea de que detrás de los escándalos –desde Monex hasta Trump- y a pesar de los abrazos con el Presidente en la trayectoria de Luis Videgaray reposa una historia de impunidad.
Fuente : Aristeguinoticias.
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