La SFP determinó que los servidores
públicos no podrán solicitar estos beneficios para sí ni para su cónyuge
o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado.
México, DF. Durante el ejercicio de sus funciones y hasta
un año después de concluido su cargo, los servidores públicos no
podrán recibir o aceptar bienes o servicios como regalo, instruyó
la Secretaría de la Función Pública (SFP).
Según un acuerdo publicado este viernes en el Diario Oficial de la
Federación, en donde se establecen los
procedimientos para la
recepción y disposición de obsequios o donativos, la entidad
determinó que los servidores públicos no podrán solicitar
estos beneficios para sí ni para su cónyuge o parientes
consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado.
De igual forma, tampoco podrán solicitarlos para sus parientes
civiles, para terceros con los que tenga relaciones profesionales,
laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el
servidor público o las personas antes referidas formen o hayan
formado parte.
Además indicó que cuando el servidor público reciba de una misma
persona un bien o donación, cuyo valor acumulado durante un año
exceda 10 veces el salario mínimo general diario vigente en el
Distrito Federal, al momento de su recepción deberá ponerlo a
disposición de la SFP en un plazo no mayor a 15 días hábiles
contados a partir de la fecha de su recepción.
Fuente : Lajornada
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