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viernes, 25 de enero de 2013

¿Qué requisitos hay que cumplir para ser legislador federal?

                                                ¿Y LA ESCOLARIDAD 'APÁ'?                                                             
    NO CONCORDAMOS, RIDICULO ES TENER LEGISLADORES SIN ESTUDIO.  

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impone algunas restricciones para poder ser diputado federal o senador de la República, pero ninguna relacionada con la preparación o grado académico de quienes aspiran a ser miembros del Congreso de la Unión.
Pleno del recinto legislativo de San Lázaro.
Pleno del recinto legislativo de San Lázaro. (Cuartoscuro)

El Artículo 55 de la Constitución establece que para ser diputado es necesario ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en el ejercicio pleno de sus derechos, tener 21 años cumplidos el día de la elección y ser originario o haber residido seis meses antes de la elección en la entidad por la que se busca llegar a San Lázaro.
De estos legisladores, uno, el senador priista Armando Neyra Chávez, tiene como máximo grado de estudios concluidos la educación primaria.
Cuatro legisladores tienen secundaria como su última grado de estudios culminado: los diputados del PRI Petra Barrera Barrera y José Alejandro Montano Guzmán, el senador priista Isaías González Cuevas y la diputada del PRDJosefina Salinas Pérez.
Hay 21 legisladores federales que tienen preparatoria como grado máximo de estudios, 17 han cursado estudios universitarios pero los dejaron truncos o no han obtenido el título correspondiente y 13 culminaron estudios técnicos, según la base de datos Quién es Quién en el Congreso de ADNPolítico.com.

OTRAS RESTRICCIONES PARA LLEGAR AL CONGRESO
Para ser candidato a diputado plurinominal, el mismo Artículo 55 constitucional señala que se requiere ser originario o residente por los últimos seis meses de alguna de las entidades que conforman la circunscripción por la que se compite.
En el caso del Senado de la República, el Artículo 57 señala que los requisitos son los mismos que los de los diputados con excepción de la edad mínima: para ser senador se necesita haber cumplido 25 años el día de la elección.
Además de estos requisitos, se impide que militares y policías en activo, titulares de organismos autónomos, secretarios y subsecretarios de Estado, titulares de organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal no puedan aspirar a llegar al Legislativo a menos que no renuncien a sus cargos 90 días antes de la elección.
Tampoco pueden ser legisladores los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados y el secretario del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ni los miembros del Consejo General del IFE, ni los consejeros distritales o locales, ni secretario ejecutivo ni personal directivo de este instituto, a menos de que se hubieran separado del cargo tres años antes de los comicios en cuestión.
Los gobernadores de los estados y el jefe de Gobierno del DF no pueden ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante su periodo de gobierno, incluso si se separaron definitivamente de sus puestos.
Los secretarios de gobierno, magistrados y jueces, alcaldes o titulares de órganos político-administrativos de las entidades, no podrán ser electos en las entidades de su jurisdicción si no se separan definitivamente de sus puestos 90 días antes de la elección.
Los ministros de cualquier culto religioso tampoco pueden llegar al Congreso de la Unión.
El Artículo 59 constitucional señala que los diputados y senadores no podrán ser reelectos; los diputados y senadores suplentes podrán ser electos para el período inmediato posterior como propietarios, siempre y cuando no hubieren estado en ejercicio del cargo; pero los propietarios no podrán ser suplentes en el periodo inmediato, pues de renunciar el titular sería una reelección de facto.
¿Y LA ESCOLARIDAD 'APÁ'?
En ninguno de los artículos que componen el texto constitucional se señala ningún requerimiento de conocimiento técnico comprobado o de un grado académico necesario para poder ser legislador federal.
En marzo de 2011, el entonces diputado federal por el PVEM Guillermo Cueva Sada presentó una iniciativa de reforma constitucional para incluir como requisito para ser diputado o senador el poseer el día de la elección un título profesional que acredite un grado de educación superior; el proyecto fue desechado 11 meses más tarde.
Los especialistas parlamentarios Luis Carlos Ugalde, Fernando Dworak y María Amparo Casar están en contra de introducir requisitos académicos-técnicos para poder ser legislador en México.
Estos académicos no creen que sea necesaria cierta preparación académica para ser un buen legislador.
"Como si eso fuera a hacer al Congreso más responsable", ironiza Luis Carlos Ugalde, sobre las propuestas de pedir un título universitario para poder llegar al Poder Legislativo.
"Es completamente ridículo sugerirlo", considera Fernando Dworak.
"Introducir requisitos de este tipo sería atentar o disminuir los derechos políticos, entre los que se encuentra el derecho a votar y a ser votado", explica María Amparo Casar.
"La eficacia del Congreso no es un problema de formación, no tiene nada que ver con eso (...) Es un tema de responsabilidad política, no de formación académica", sentencia Ugalde.
Fuente : ADN Politico

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