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lunes, 17 de diciembre de 2012

Los 14 retenidos por disturbios, una cuota política

Para los integrantes del movimiento #YoSoy132 y de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, es claro que los 14 jóvenes retenidos por los disturbios del sábado 1 –13 hombres y una mujer– son la “cuota política” que el Estado se arroga ante la falta de elementos para demostrar su presunta responsabilidad en la comisión del delito de ataques a la paz pública, expresión propuesta en 2002 por Andrés Manuel López Obrador, entonces jefe de gobierno. Por eso insisten en que se derogue el artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal que tipifica ese delito, equiparable al de disolución social, de infausta memoria. Y sostienen: “El culpable aquí es el Estado”
Estudiantes protestan contra los abusos policiacos el 1 de diciembre. Foto: Germán Canseco
Estudiantes protestan contra los abusos policiacos el 1 de diciembre.
Foto: Germán Canseco
   MÉXICO, D.F. (Proceso).- El delito de ataques a la paz pública en pandilla que mantiene en la cárcel a 14 de los jóvenes que se manifestaron el sábado 1 es equiparable al de disolución social que se aplicó a los estudiantes del movimiento de 1968 y culminó el 2 de octubre de ese año con la matanza de decenas de ellos en la Plaza de las Tres Culturas.
Este aspecto le pesa “políticamente” a la juez 47 de lo Penal, Patricia Mora Brito, pues según el razonamiento que aparece en los expedientes de los otros 55 detenidos –quienes tuvieron que ser puestos en libertad porque los partes de policía eran genéricos, imprecisos y contradictorios– es similar al de los autos de los otros 14 que aún están en prisión.
Para integrantes de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), Mora Brito “se contradice en su propia resolución”, por lo que, arguyen, los 14 que se quedaron presos son una “cuota política”.
Los litigantes promueven, a través del movimiento #YoSoy132, la desaparición del artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal vigente, que a la letra dice:
“Artículo 362. Se le impondrán de cinco a treinta años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años, al que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia extrema, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal, o presionen a la autoridad para que tome una determinación”.
El jueves 14, abogados de la ANAD entregaron a Dinorah Pizano, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), la propuesta de iniciativa para derogar ese artículo.
David Peña, afiliado a la asociación y a la Liga de Abogados 1 de Diciembre, explica que el citado artículo data de 2002, cuando el entonces jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, modificó el código. En la exposición de motivos se hacía referencia a los antecedentes de este tipo penal.
(Con informacion de proceso)
                    

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