El senador priista Carlos Romero Deschamps.
Foto: Octavio Gómez |
Famoso por su lujoso tren de vida, por la riqueza acumulada desde 1996 y ahora enfrentando un nuevo conflicto sindical por la elección, el 19 de octubre pasado, de un secretario general disidente en el gremio petrolero, Romero Deschamps tiene pendientes varias acusaciones, entre ellas la AP1072/DDF/2004 en la PGR y la FDF/T/T1/467/06-06 en la PGJDF.
En la primera se le investiga por presunta asociación delictuosa. El expediente se integró derivado de la controversia del convenio 10-275/04, de octubre de 2004. Se trata de uno mediante el cual el entonces director de Petróleos Mexicanos, Raúl Muñoz Leos, y Carlos Romero Deschamps transfirieron 8 mil millones de pesos de Pemex al sindicato, al margen del Consejo de Administración de la paraestatal.
Romero Deschamps se ha librado de otras órdenes de aprehensión. En 2002 la PGR integró otras dos averiguaciones previas en su contra por los delitos de peculado simple (expediente PGR/UEDO/102/2002) y por peculado electoral (055/Fepade/2002), derivado del escándalo conocido como Pemexgate. El 22 de septiembre de 2003 el juez decimotercero, José Luis Moya Flores, libró una orden de aprehensión en su contra por ambos delitos, pero en octubre el juez segundo de Distrito del Circuito 13, con sede en Oaxaca, Tomás Quiroz, le concedió un amparo provisional.
En el flanco laboral Romero Deschamps también tiene pendientes otras demandas por su reelección como secretario general del sindicato para el periodo 2007-2012. Un grupo de disidentes le demandó a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la nulidad en la “toma de nota” de Romero Deschamps argumentando que su reelección se realizó de manera anticipada e ilegal en la asamblea extraordinaria del 27 de octubre de 2005, según el expediente RT610/2007.
En noviembre de 2011 la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje fue notificada sobre la anulación del proceso que reeligió a Romero Deschamps para el periodo 2007-2012, pero ni el dirigente sindical ni la Dirección General de Pemex impugnaron este fallo ni desconocieron la “toma de nota”.
Un conflicto sindical similar se gestó desde octubre del año pasado contra Romero Deschamps. La diferencia es que la tragedia ocurrida en el Edificio B-2 del Centro de Administración de Pemex, el pasado 31 de enero, y la detención de la líder magisterial Elba Esther Gordillo, volvieron a colocar al actual senador priista en el ojo del huracán.
La otra dirigencia
El 19 de octubre de 2012, reunidos en el local de la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, a las 16:00 horas, 71% de los 128 delegados de las 36 secciones sindicales eligieron a Jorge Hernández Lira, dirigente de la Coalición Petrolera Independiente, nuevo secretario general del sindicato más poderoso del país.
Tres años antes, el 6 de abril de 2009, los integrantes de este movimiento notificaron al secretario del Trabajo, Javier Lozano, que Jorge Hernández Lira era el “candidato único” para ocupar la Secretaría General del STPRM, con miras a la elección de 2012.
La noticia de la elección de un Comité Ejecutivo paralelo pasó prácticamente inadvertida en los medios. Sin embargo Romero Deschamps acusó el golpe. Al día siguiente, el 20 de octubre, en una sesión cerrada y sin convocatoria pública, el dos veces senador por el PRI se reeligió para un periodo más de seis años.
El 22 del mismo mes, en perfecta sincronía con Elba Esther Gordillo, dirigente del sindicato magisterial, Romero anunció su permanencia al frente del organismo, que agrupa a poco más de 130 mil trabajadores.
El 5 y 7 de noviembre del mismo año el grupo disidente encabezado por Hernández Lira notificó a la secretaria del Trabajo del gabinete calderonista, Rosalinda Vélez Juárez, y ante Eduardo Andrade Salaveria, presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que él resultó electo secretario del STPRM para el periodo 2012-2018, solicitando a ambos la “toma de nota”.
Dos semanas después, el 23 de noviembre de 2012, la Secretaría del Trabajo les negó la “toma de nota” argumentando “incumplimiento” a varios artículos de los Estatutos Generales vigentes del sindicato, exceptuando el 126.
Para el abogado José Luis Camacho, asesor del grupo que promueve a Hernández Lira, la argumentación de la Secretaría del Trabajo para negarles la “toma de nota” es irregular porque hace caso omiso a lo estipulado en este artículo, que le da facultades a las secciones sindicales de convocar a una convención ordinaria.
“Si faltando 30 días para el término del ejercicio del Comité Ejecutivo General, éste ni el Consejo General de Vigilancia han convocado a la Convención Ordinaria, cualquiera de las secciones podrá hacerlo. La Convención se instalará en la Ciudad de México y sólo será válida si cumple con lo dispuesto por los artículos 103, 119 y 120 de los presentes estatutos”, afirma el artículo.
El amparo
Frente a esta decisión de la Secretaría del Trabajo, Camacho y otros abogados de Hernández Lira promovieron el amparo 90/2013 ante el Tribunal Colegiado en la materia. El 10 de enero de 2013 los magistrados Alicia Rodríguez Cruz, Tarcisio Aguilera Troncoso y el secretario de Acuerdos, Héctor Arturo Mercado López, se declaran incompetentes para atender el caso y resuelven remitir el expediente DT 27/2013 al juez de Distrito en materia laboral, en turno.
El litigio de amparo está en manos del juez Ricardo Guzmán Wolffer, del Juzgado 3 de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal. La primera audiencia se realizó el 28 de febrero, con la presencia de cientos de petroleros que apoyan a esta dirigencia.
En la parte medular de la solicitud de amparo directo, la oposición a Romero Deschamps argumenta que se expidió una convocatoria para la elección desde el 3 de octubre de 2012 y que la autoridad laboral omitió considerar “la aplicación de lo dispuesto por el artículo 126 de los Estatutos Generales”, que facultan a las secciones a convocar a una convención ordinaria.
Este “fue el supuesto que se cumplió, al convocar los trabajadores de la sección metropolitana, cuya legalidad fue corroborada con la asistencia a la asamblea de las secciones que conforman la totalidad de la agrupación, purgando cualquiera de los supuestos que inexactamente señala la responsable”.
La petición de amparo fue firmada por Jorge Hernández Lira y los otros cinco integrantes de su directiva: Sergio Gutiérrez Rojas, Fernando Palomino Rodríguez, Guillermina Eleonora Chávez Lechuga, Antonio Rentería Hernández y Juan Garrido Santiago.
Fragmento del reportaje que se publica en la edición 1896 de la revista Proceso, ya en circulación.
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